Resumente: El Tribunal Administrativo de Santander decretó medidas cautelares y ordenó el pasado 27 de marzo a la empresa Isagen a realizar: “la respectiva limpieza, remoción de la cobertura vegetal y todos aquellos materiales blandos, orgánicos y objetables del río Sogamoso, así mismo, establecer todas aquellas medidas ambientales preventivas, lo anterior deberá efectuarse dentro de un plazo no mayor a seis (6) meses, advirtiendo que dicha remoción deberá efectuarse cada vez que la misma sea observada, según lo expresado en la parte motiva de este proveído.”
Bucaramanga, 6 de abril de 2015
El pasado mes de marzo del
presente año, el Movimiento Social en Defensa del Río Sogamoso a través de la
presidente de la Asociación de Juntas de Acción Comunal del municipio de
Betulia y afectada por la construcción del proyecto hidroeléctrico de la
empresa ISAGEN, Claudia Patricia Ortíz Gerena, instauró “solicitud de medidas
cautelares” dentro del proceso de acción popular (Rad 2014-659). En esta
solicitud se advierte sobre la posible existencia de un inminente peligro de
inundación, que podría “afectar a las comunidades ribereñas del río Sogamoso, a
causa del desequilibrio ecológico por las obras de construcción de la Represa
de Hidrosogamoso, para hacer efectiva la protección de los derechos colectivos
a gozar de un ambiente sano y a la existencia del equilibrio ecológico y el
manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su
desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución y el derecho
a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente.”
El Tribunal Administrativo de
Santander decretó medidas cautelares y ordenó el pasado 27 de marzo a la
empresa Isagen a realizar:
“la respectiva limpieza,
remoción de la cobertura vegetal y todos aquellos materiales blandos, orgánicos
y objetables del río Sogamoso, así mismo, establecer todas aquellas medidas
ambientales preventivas, lo anterior deberá efectuarse dentro de un plazo no
mayor a seis (6) meses, advirtiendo que dicha remoción deberá efectuarse cada
vez que la misma sea observada, según lo expresado en la parte motiva de este
proveído.”
Aunque la licencia ambiental
establecía la remoción de la cobertura vegetal antes del llenado del embalse,
la empresa ISAGEN incumplió y en la actualidad las comunidades de los
alrededores de la represa han tenido que sufrir las afectaciones provocadas por
la descomposición de la materia orgánica: malos olores y perdida de la calidad
del agua, causando a los pobladores nauseas, vómitos, dolores de cabeza,
problemas en la piel, entre otras cosas.
Con este fallo el Tribunal
Administrativo de Santander reconoce el incumplimiento de la licencia ambiental
por parte de ISAGEN, dando la razón a las comunidades, que desde el inicio del
proceso han advertido sobre estos incumplimientos y las afectaciones que recaen
sobre ellos y su territorio.
Autor: Moviento social en defensa del río Sogamoso Mayores informes: https://defensaterritorios.wordpress.com veredasogamoso.blogspot.com/ Correo: mujeresdelcomun@gmail.com Teléfono: 318 4477579
Fuente: CENSAT
No hay comentarios:
Publicar un comentario